SUBVENCIONConvocatoria cerrada

Ayudas Emprende y Concilia 2026 - Ayuntamiento de Valencia

Ayuntamiento de Valencia (València Activa)
Cuantía

Hasta 4.000 € (Base 3.000 € + incrementos)

Destinado a

autonomo

Plazo

3 al 22 de septiembre de 2026

Información General

Convocatoria 2026 cerrada (plazo: 3–22 sept. 2026)La convocatoria Emprende y Concilia 2026 ha finalizado. El Ayuntamiento de València convoca este programa de forma anual. Activa el aviso en Fichazam para no perderte el plazo de futuras convocatorias.
Información verificada contra fuente oficial el 19 de septiembre de 2026. Consulta siempre la fuente oficial para confirmación definitiva.
Procedimiento Oficial AE.IE.155 Ayuntamiento de València

La ayuda Emprende y Concilia 2026 del Ayuntamiento de València (tramitada bajo el Procedimiento oficial AE.IE.155) otorga subvenciones directas a fondo perdido de entre 3.000 € y 4.000 € para apoyar el inicio de actividad de personas trabajadoras autónomas en RETA y microempresas radicadas en el municipio de València.

¿Qué es la ayuda Emprende y Concilia 2026 en València?

Emprende y Concilia es un programa de subvenciones de concesión municipal promovido por el Ayuntamiento de València (a través de la Concejalía de Emprendimiento y el servicio de València Activa) para fomentar la creación de empleo por cuenta propia en el RETA y apoyar la consolidación del tejido empresarial en sus fases iniciales.

El programa cuenta con un presupuesto total de 3.122.000 € asignado al ejercicio 2026 y está concebido para compensar los gastos derivados del inicio de actividad, con un enfoque prioritario en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y el impulso al talento joven.

¿Cuánto dinero se puede recibir? (Desglose de 3.000 € a 4.000 €)

La cuantía de la ayuda se calcula mediante una suma acumulativa según los requisitos específicos cumplidos en la fecha de presentación de la solicitud y en la fecha de efectos del alta RETA:

1. Cuantía Base
3.000 €

Por cumplir los requisitos generales de alta en RETA y empadronamiento/local en València.

2. Incremento por conciliación
+500 €

Si acreditas medidas de conciliación familiar previstas en la convocatoria (hijos/as a cargo o familiares dependientes).

3. Incremento por persona joven
+500 €

Si eres una persona joven menor de 36 años en la fecha de efectos del alta en el RETA.

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Cuantía total estimada:3000 €

* Importante: Ambos incrementos son acumulables únicamente cuando concurren ambos supuestos de hecho de forma simultánea. El cumplimiento de solo uno de los dos supuestos otorga una cuantía total de 3.500 €. Tener una sola circunstancia no otorga 4.000 € automáticamente. La edad menor de 36 años se evalúa estrictamente en la fecha de efectos del alta RETA.

¿Quién puede solicitar la ayuda? (Beneficiarios AE.IE.155)

Pueden acogerse a la convocatoria las personas físicas y entidades que cumplan los siguientes perfiles y exclusiones:

  • Personas trabajadoras autónomas por cuenta propia: Personas físicas dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Quedan expresamente excluidas las altas en mutualidades profesionales del colegio correspondiente.
  • Microempresas y pequeñas empresas: Entidades con o sin personalidad jurídica propia cuya plantilla media sea inferior a 10 personas trabajadoras.
  • Criterio de ubicación (Local o Domicilio Fiscal): Disponer de un local comercial abierto al público en el municipio de València o, en su defecto si la actividad no requiere local comercial, tener el domicilio fiscal de la actividad en el municipio de València.

Requisitos imprescindibles (Alta RETA, Baja Previa y Empadronamiento)

1. Ventana de Alta en el RETA y Regla de Baja Previa

Haber iniciado la actividad económica y tramitado el alta efectiva en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) entre el 8 de octubre de 2025 y la fecha de presentación de la solicitud (ambos inclusive).

Requisito de baja previa RETA: La persona solicitante no debe haber figurado dada de alta en el RETA durante los 2 meses anteriores a la fecha de efectos de este nuevo alta.

2. Requisito de Empadronamiento Certificado en València

Las bases de la convocatoria imponen una doble condición de empadronamiento en el municipio de València:

  • • Empadronamiento actual:Estar empadronado/a en el municipio de València a la fecha de presentación de la solicitud.
  • • Empadronamiento previo:Haber estado empadronado/a en la ciudad de València con anterioridad al 1 de enero de 2016.
Aclaración clave: No se exige empadronamiento continuado entre 2016 y 2026. Es suficiente con figurar en el padrón municipal actualmente y haber tenido al menos un alta padronal previa al 01/01/2016. La administración puede verificarlo de oficio si se autoriza en la solicitud.

3. Plantilla media y Obligaciones Tributarias

Contar con una plantilla media inferior a 10 trabajadores y hallarse al corriente de pago en las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Agencia Tributaria Valenciana (ATV), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y no tener deudas de naturaleza tributaria con el propio Ayuntamiento de València.

Plazo de presentación y criterio de adjudicación

Plazo oficial de presentación3 al 22 de septiembre de 2026 (inclusive)
Estado de la convocatoriaConvocatoria Cerrada

Conforme a las bases del Procedimiento AE.IE.155, la concesión de las ayudas se realiza mediante concurrencia no competitiva, resolviendo por riguroso orden de presentación telemática de la solicitud completa hasta el agotamiento total del presupuesto de 3.122.000 €.

Información sobre el cierre del plazoLa convocatoria 2026 finalizó su plazo oficial el 22 de septiembre de 2026. Esta guía se mantiene publicada como recurso informativo de valor histórico y referencia para futuras ediciones municipales.

Checklist de documentación requerida (Sede AE.IE.155)

Documentos obligatorios para la tramitación completa en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València:

DNI / NIE / NIF: Documento oficial de identidad en vigor de la persona solicitante.
Certificado de Situación Censal (AEAT): Modelo 036/037 o certificado censal que acredite fecha de alta y domicilio fiscal/local en València.
Alta RETA: Documento oficial de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (entre 08/10/2025 y fin de plazo).
Informe de Vida Laboral / Plantilla TGSS: Informe completo expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social para comprobar la plantilla.
Declaración Responsable de Ayudas Minimis: Certificado de otras ayudas públicas o de minimis recibidas durante los 3 últimos ejercicios.
Empadronamiento Histórico: Certificado expedido por el Ayuntamiento de València (o autorización para comprobación de oficio).
Acreditación de Conciliación (+500 €): Libro de familia, certificado de nacimiento/adopción o resolución de dependencia.
Acreditación Edad Menor 36 años (+500 €): DNI o NIE acreditando edad menor de 36 años en la fecha de efectos del alta RETA.
Certificados de estar al corriente: AEAT, ATV, Seguridad Social y Ayuntamiento de València.
Ficha de Terceros: Modelo oficial cumplimentado con el IBAN de la cuenta bancaria del titular.

Cómo solicitar la ayuda paso a paso

1

Obtención de Certificado Digital o Cl@ve

El trámite exige identificación electrónica obligatoria a través del certificado de persona física o representante en la Sede municipal.

2

Preparación del Certificado de Empadronamiento o Autorización

Obtén previamente en el portal de padrón del Ayuntamiento el certificado o autoriza expresamente la verificación de oficio en la Sede telemática.

3

Acceso al Procedimiento AE.IE.155 en la Sede Electrónica

Accede a sede.valencia.es y localiza la ficha del trámite AE.IE.155 (Emprende y Concilia).

4

Cumplimentación telemática y anexo de documentos PDF

Rellena la declaración responsable de cumplimiento de requisitos y adjunta los archivos PDF de la checklist documental (Vida Laboral, Minimis, RETA, etc.).

5

Firma digital y justificante de registro

Firma la solicitud y descarga el justificante oficial con el número de registro telemático, fecha y hora exacta de presentación.

Compatibilidad de la subvención

La subvención Emprende y Concilia 2026 es compatible con otras ayudas, subvenciones o recursos concedidos por cualquier administración pública o entidad privada estatal o europea.

Límites de compatibilidad oficiales:

  • El importe acumulado de las ayudas no puede superar en ningún caso el coste de la actividad desarrollada por el beneficiario.
  • Debe respetarse el régimen de minimis de la Unión Europea (acumulación máxima por empresa o autónomo en un periodo de 3 años).

¿Qué ocurre después de solicitar la ayuda? (Resolución)

Plazo máximo legal de resolución4 meses contados desde la publicación oficial de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Efectos del silencio administrativoSilencio administrativo desestimatorio (si transcurren 4 meses sin notificación expresa se entiende denegada).

Las notificaciones oficiales de concesión, denegación o requerimiento de subsanación se publican en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de València.

Sede Electrónica y Fuente Oficial

Consulta el texto completo de las bases reguladoras y accede al registro telemático del Procedimiento AE.IE.155 en el portal municipal oficial:

Guía completa relacionada

Si quieres profundizar sobre este tipo de subvenciones, consulta nuestra guía especializada para profesionales en la Comunidad Valenciana.

Guía de Ayudas para Autónomos en Valencia

Tramitación y Enlaces Oficiales

Preguntas frecuentes sobre esta ayuda

¿Quién puede solicitar la ayuda Emprende y Concilia 2026 en València?

Personas trabajadoras autónomas (físicas) y pequeñas empresas o entidades con actividad en el municipio de València que cuenten con una plantilla media inferior a 10 personas trabajadoras, alta en RETA entre el 8 de octubre de 2025 y la fecha de solicitud, empadronamiento actual en València y previo al 1 de enero de 2016, según lo dispuesto en las bases del Procedimiento AE.IE.155.

¿Cuál es la cuantía de la subvención Emprende y Concilia 2026?

Ayuda base de 3.000 €, más un incremento de +500 € por medidas de conciliación familiar previstas en la convocatoria y +500 € para personas jóvenes menores de 36 años. Ambos incrementos son acumulables cuando concurren ambos requisitos, hasta una cuantía máxima posible de 4.000 €.

¿Cuál fue el plazo oficial de presentación de solicitudes?

Del 3 al 22 de septiembre de 2026, ambos inclusive, mediante tramitación telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València (Procedimiento AE.IE.155). La convocatoria 2026 ya ha cerrado.

¿Cómo se adjudican las ayudas de esta convocatoria?

Conforme a las bases reguladoras de la convocatoria (Procedimiento AE.IE.155), las solicitudes que cumplan los requisitos se conceden por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento del crédito presupuestario total asignado (3.122.000 €).

¿Cuándo abrirá la próxima convocatoria Emprende y Concilia?

La convocatoria 2026 del Procedimiento AE.IE.155 (Emprende y Concilia) ha finalizado el 22 de septiembre de 2026. El Ayuntamiento de València convoca este programa de forma anual. Activa el aviso en Fichazam para no perderte el plazo de la próxima edición.

¿Cuál es el plazo máximo de resolución según la convocatoria?

Conforme a las bases de la convocatoria municipal (Procedimiento AE.IE.155), el plazo máximo legal para resolver y notificar es de 4 meses computados desde la publicación de la convocatoria, con efecto desestimatorio por silencio administrativo.

Convocatoria finalizada

El plazo oficial de presentación de solicitudes finalizó el 22/09/2026.

Procedimiento oficial AE.IE.155 cerrado

Estado del procedimiento AE.IE.155

Convocatoria cerrada el 22/09/2026. No se admiten nuevas solicitudes. Las solicitudes presentadas dentro de plazo se resolverán por orden de entrada hasta agotar el crédito disponible.

+2k

Convocatoria oficial cerrada el 22 de septiembre de 2026.

Procedimiento AE.IE.155

Información oficial de la convocatoria
Procedimiento en fase de resolución
Ver convocatoria oficial

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Convocatoria Emprende y Concilia 2026

El plazo oficial de presentación telemática en el Ayuntamiento de València finalizó el 22 de septiembre de 2026.

Información del Programa

Convocatoria Cerrada
Plazo finalizado el 22/09/2026. No se admiten nuevas solicitudes para la edición 2026.

La convocatoria 2026 ha finalizado. Las solicitudes presentadas se resolverán por orden de entrada. El Ayuntamiento de València convoca este programa de forma anual.